viernes, 9 de enero de 2015

OTRO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD: PLANES DE AUTOPROTECCIÓN EN LAS PRESAS DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR. MISIÓN IMPOSIBLE.
















Informamos que con fecha 7 de enero de 2015 ha sido adjudicado por el procedimiento negociado sin publicidad la elaboración e implantación de los Planes de Autoprotección de las presas de la zona Oriental de la Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir: 

Se da por entendido que:
1.- Dicha adjudicación se basa en que la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir no dispone de un técnico competente capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos a los que esté sujeta la actividad:

El Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo (BOE Nº 72 del 24 de marzo de 2007), por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección dispone, tanto en el artículo 4.b) del Real Decreto como en el apartado 3.3.1. de la Norma Básica de Autoprotección, que el Plan de Autoprotección habrá de estar redactado y firmado por un técnico competente capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos a los que esté sujeta la actividad. Corresponde a la Administración Pública competente determinar el perfil o la titulación del redactor del Plan de Autoprotección a la vista de su trayectoria profesional o formativa. 
2.- Ha sido realizado, con antelación a esta adjudicación, el Procedimiento del Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales en la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir correspondiente a la elaboración, implantación, mantenimiento y revisión de los planes de autoprotección exigidos en la normativa, denominado PPRL-1200, de acuerdo con la RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se actualiza y dispone la publicación del Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales en la Administración General del Estado.

3.- Se ha procedido a la consulta preceptiva y con la antelación suficiente, a los representantes de los trabajadores, principalmente para determinar quienes serán los empleados públicos designados como encargados de las medidas de emergencia y se ha comprobado la existencia de los medios humanos suficientes y necesarios para la eficaz aplicación de los planes de autoprotección (por ejemplo: primeros auxilios) y que estos se encuentran formados para asumir sus funciones al respecto.

Incertidumbres.-
1ª.- ¿Se ha integrado la Prevención de Riesgos Laborales en la CHG?
*
2ª.- ¿Será el Plan de Autoprotección un papel "inservible" más?
*
3ª.- ¿Se observarán y se cumplirán los objetivos para los que se realizá el plan?
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4ª.- ¿Dispone la CHG de técnicos competentes en su Servicio de Prevención y de los medios humanos necesarios en las presas?
Misión imposible:
Sólo nos queda:
Para el creyente
* Imagenes Fuente: Pedro Gómez Marino. Área de PRL.Subsecretaría. Ministerio del Interior.


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