viernes, 23 de noviembre de 2012

Otra opción para mostrar disconformidad, Ombudsman



Hasta el momento ninguno de los caminos emprendidos, para buscar soluciones a los problemas creados de la aplicación del Imperio de la Ley, y de las normas dictadas para perjudicar a muchos y beneficiar a pocos, ha dado buenos frutos.

Lejos de desanimarnos seguimos buscando puertas, ¡ó ventanas!, todo menos rendirnos y dejar los brazos caer. Este nuevo intento, aunque sin muchas esperanzas, aunque si determinación, atañe a la figura del “defensor” europeo del Pueblo.

La dirección de su página; http://www.ombudsman.europa.eu/es/home.faces,

Y para saber ¿qué puede hacer el defensor europeo por usted?; http://www.ombudsman.europa.eu/atyourservice/whatcanhedo.faces

Y pinchar en el enlace de la izquierda, junto a la portada de un libro (documentos relacionados), para acceder a lo siguiente:

¿Qué funciones desempeña el Defensor del Pueblo Europeo?

El Defensor del Pueblo Europeo examina las reclamaciones presentadas contra la mala administración en el funcionamiento de las instituciones y los órganos de la Unión Europea (UE), estando facultado asimismo para iniciar investigaciones de o cio. El Defensor del Pueblo no está sujeto a mandato imperativo alguno y desempeña sus funciones con imparcialidad.

¿Qué asuntos no son de su atribución?

El Defensor del Pueblo no está facultado para investigar:

- reclamaciones presentadas contra las autoridades nacionales, regionales o locales de los Estados miembros, aún cuando estén referidas a materias de la UE. Como ejemplos de dichas autoridades cabe citar a los ministerios, las agencias estatales o los ayuntamientos;
- actividades de tribunales o defensores del pueblo nacionales. El Defensor del Pueblo Europeo no es un órgano de apelación contra las decisiones adoptadas por dichos tribunales o defensores del pueblo;
- reclamaciones presentadas contra empresas o particulares.


*¿Para que sirve entonces este “defensor”?, si ante la cuestión que tratamos, ninguno de los “defensores” hace lo que debería, y entiendo por ello trasladar al Tribunal Constitucional esta cuestión, porque ninguno de los afectados como tal puede hacerlo, ¿que hacemos?. No decirnos lo que debe resolver el Tribunal, y menos para eludir el presentarla...más piedras en el camino.

Además en el contenido de la página del “defensor” europeo dice:


El objetivo del Defensor del Pueblo español es proteger y defender los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos. Asimismo, garantiza que la administración pública actúa con arreglo a lo dispuesto en la Constitución, es decir, sirve los intereses generales de forma objetiva, actúa de conformidad con los principios de eficiencia, jerarquía, descentralización, coordinación y respeto pleno de la legislación en vigor y prohíbe expresamente cualquier tipo de arbitrariedad. En el caso de las comunidades autónomas que aún no han creado un Defensor del Pueblo regional, a saber, Madrid, Cantabria, Extremadura, las Islas Baleares y las dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla), es el Defensor del Pueblo español el encargado de tramitar las reclamaciones de que se trate.

Los Defensores del Pueblo de las comunidades autónomas pueden investigar las reclamaciones presentadas contra las autoridades locales y regionales en sus respectivos ámbitos geográficos.

*Estoy valorando cursar la queja a este “defensor”, aunque sea sólo con un fin estadístico, ya que sin mucho margen de error nos dirá que no le compete. Pero también podemos dirigirnos al mismo para preguntarle sobre el respecto, ya que no sólo se trata de las medidas que el gobierno aprueba, si no de la negativa de los “defensores” a interponer recurso de inconstitucionalidad, lo cual son dos temas:
1.-Los decretos
2.-La actitud de los “defensores”, andaluz y español.

Estoy por probar, al menos de momento, con la consulta sobre el papel de los “defensores”, y en función de lo resuelto recurrir a la reclamación sobre los decretos.

Para consulta:


Aunque sea sólo el derecho a pataleta, el que de momento seamos capaces de ejercer, no dudemos en hacerlo.

¡Duro con ellos que son pocos y cobardes!

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