En la mañana de hoy, accediendo a la hoja de acreditación de datos nos hemos llevado una sorpresa inesperada; estamos en Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.
Pensando que en todo caso el posible y previsible cambio, diera con "nuestros puestos" en Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, nos llevamos esta inesperada, incluso indeseada (pues de medio ambiente venimos, a medio ambiente debemos ir), sorpresa.
Tras acudir al boja con la "nueva concepción consejeril" (pincha el enlace para acceder al texto íntegro) nos encontramos:
Artículo 6. consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo rural.
1. corresponden a la consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo rural las competencias actualmente asignadas a la consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en materia agraria, pesquera, agroalimentaria y desarrollo rural.
2. Se adscriben a la consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo rural las entidades actualmente
dependientes de la consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente a excepción de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
dependientes de la consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente a excepción de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
Artículo 7. consejería de Medio Ambiente y ordenación del territorio.
1. corresponden a la consejería de Medio Ambiente y ordenación del territorio las competencias en materia de medio ambiente, agua, planificación, ordenación y desarrollo territorial y urbanismo que venía ejerciendo la consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente.
2. Se adscribe a la consejería de Medio Ambiente y ordenación del territorio la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
Seguimos investigando, para ver si al personal procedente de la "antigua y extinta no sé cuantas veces ya" Agencia Andaluza del Agua, hemos podido ser inscritos por un posible error de interpretación del art 6. 2, pero al comprobar que l@s compañer@s de medio ambiente también han sido inscritos a Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, abandonamos ese posible argumento.
Seguimos buscando información, y encontramos con que todos los códigos de rpt que buscamos en la Web del Empleado Público (pincha el enlace y comprueba tu puesto) están también en Agricultura... y en Medio Ambiente no aparece nada,...nada, excepto, según el art 7.2, "nuestra querida y admirada" Agencia del Medio Ambiente y el Agua, Amaya=Egmasa.
¿Psicosis, paranoia, manía persecutoria, esquizofrenía paranoide, delirium tremens, diarrea mental,...?. Lo que quieran, lo que prefieran, pero eso no cambia las adscripciones, ni el articulado de la "nueva situación consejeril", en la que, visto lo visto, y conocido lo conocido, los único que queda es Amaya.
Es cierto que las competencias, art 7.1, en materia de medio ambiente, agua,... las tiene Medio Ambiente. ¿Pero si Medio Ambiente no tiene personal adscrito, quien las desarrolla?,...
Este nuevo cambio, a efectos de contratos, por muy legal que sea (dentro de "su" justicia burguesa, que nos roba y discrimina sin consecuencias), es una vuelta de tuerca más. Los que provienen de la CHG, los que firmaron con la AAA, nos metieron en Medio Ambiente, nos metieron en Agricultura, Pesca,...y ahora "nos sacan de Medio Ambiente¡?",...No dejará los contratos en suspenso, pero los deja en ridículo, no sólo de contenidos, si no que además de contratante. ¡Más flexibilidad quieren!, ¿será que nos pongamos bien en decúbito prono?.
Seguiremos detrás de este tema, e informaremos. Pero lo que esta claro hoy es lo que dice el decreto, el sirhus y la rpt, através de la propia web del Empleado Público.
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