viernes, 22 de junio de 2012

Decreto-LEY 1/2012, de 19 de junio, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en



Publicado en el BOJA de hoy 22 de junio de 2012, el Decreto-Ley 1/2012, al que podeis acceder pinchando el enlace:

Siguiendo la práctica habitual, tampoco despeja las interrogantes probocadas por los cambios. Por ejemplo una de las cuestiones que suscitan incertidumbre es el art.16.Garantía de retribución mínima; ¿cuantos compañer@s estamos por debajo de los 1.000 euros netos?, ¿en vez de recortarnos no van a subir el salario?, ¿ o no nos van a modificar?

A la espera, nuevamente, de que se aclaren los conceptos os reproducimos algunas lineas del decreto, con incidencia en nuestro ámbito laboral,  recomendando la lectura detenida y completa del documento, arriba enlazado. 






CAPÍTULO III

Medidas en materia de personal en el sector público andaluz

Sección 1.ª Disposiciones Comunes

Artículo 4. Ámbito temporal.
Las medidas en materia de personal contenidas en este Capítulo tienen carácter excepcional y temporal, siendo de aplicación hasta la finalización del ejercicio 2013, siempre que los ingresos de la Comunidad Autónoma recobren una senda de normalidad y que la reducción del déficit público estructural y la minoración de la deuda pública posibiliten la garantía de estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera de la Comunidad.
Se exceptúan de lo establecido en el párrafo anterior las medidas previstas en los siguientes artículos:
18, 19, 22, 25 y 32.

Artículo 5. Acuerdos, pactos y convenios colectivos.
Los acuerdos y pactos firmados con las Organizaciones Sindicales respecto del personal funcionario y estatutario y las cláusulas contractuales o condiciones reguladas en convenios colectivos respecto del personal laboral, permanecerán vigentes, si bien, atendiendo a la situación de excepcionalidad provocada por la alteración sustancial de las circunstancias económicas, se suspenden aquellas que contradigan lo dispuesto en el presente Decreto-ley.

Sección 2.ª Medidas en materia de retribuciones


Artículo 7. Retribuciones del personal funcionario, eventual, interino y laboral.
1. Para el personal funcionario de carrera e interino y el personal eventual comprendido en el artículo 3.a) y b), se reducen las retribuciones en una cuantía equivalente a la suma de las pagas adicionales del complemento específico correspondientes a los meses de junio y diciembre.
Dicha reducción se hará efectiva en las pagas adicionales del complemento específico, percibiéndose únicamente el 1% de las mismas en los meses de junio y diciembre. La cuantía correspondiente al 2% resultante se descontará, prorrateándose, del complemento específico de las retribuciones mensuales de enero a diciembre.
2. Para el personal laboral incluido en el VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, se reducen las retribuciones en una cuantía equivalente a la suma de las pagas adicionales del complemento de convenio y del complemento de puesto de trabajo, correspondientes a los meses de junio y diciembre.


Artículo 13. Gratificaciones y horas extraordinarias de la Administración General de la Junta de Andalucía y de las instituciones, del personal docente no universitario, del personal que presta servicio en el Servicio Andaluz de Salud y del personal de los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.
1. Se suspende el devengo y abono de las gratificaciones de cualquier tipo.
2. La realización de servicios extraordinarios fuera del horario habitual o de horas extraordinarias, previa autorización del órgano competente, se compensará con tiempo de descanso.
3. Sólo excepcionalmente y por causas muy justificadas, podrán abonarse compensaciones económicas por dichos servicios y siempre previo informe favorable de la Consejería competente en materia de Hacienda y Administración Pública, salvo en casos de emergencia que deberá ser posteriormente comunicada a dicha Consejería.

Artículo 14. Complemento por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, maternidad, paternidad, adopción y acogimiento.
1. Al personal referido en el artículo 3.a), b) y c) que legal o convencionalmente tenga reconocido el derecho a la percepción de prestaciones complementarias en situación de incapacidad temporal, se le aplicará, mientras se encuentre en dicha situación, además de lo previsto en la legislación de Seguridad Social, un complemento consistente en un porcentaje sobre la diferencia entre las prestaciones económicas que reciba del régimen de Seguridad Social al que estuviera acogido y las retribuciones fijas en su cuantía y periódicas en su vencimiento que tuviera acreditadas en el mes en el que se produjo la baja, con las reglas siguientes:
1.ª Se abonará el 100 por cien del complemento por incapacidad temporal en los supuestos en los que la incapacidad temporal se origine por contingencias profesionales, y por contingencias comunes que generen hospitalización con estancia hospitalaria o intervención quirúrgica. Asimismo, se percibirá el 100 por cien de este complemento en el caso de enfermedad grave dentro de los supuestos que establece el Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
2.ª En los restantes supuestos de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, el complemento se calculará:
a) Desde el primer día de la situación de incapacidad temporal hasta el tercer día inclusive, se abonará el 50 por ciento del complemento cuando se trate del primer período de baja del ejercicio y el 40 por ciento en el segundo y posteriores períodos de baja, sin perjuicio de la aplicación de porcentajes inferiores establecidos de acuerdo con las normas convencionalmente acordadas.
b) Desde el cuarto día de la situación de incapacidad temporal hasta el vigésimo día, inclusive, se
abonará el 75 por ciento del complemento.
c) A partir del día vigésimo primero, se abonará el 100 por cien del complemento.
3.ª E l personal que se halle en las situaciones de riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, maternidad, paternidad, adopción y acogimiento percibirá el 100 por cien del complemento regulado en el presente artículo.
4.ª Durante el período en que el personal se halle en incapacidad temporal por contingencias comunes no se devengará complemento alguno para garantizar retribuciones de carácter variable, ni aquellas otras cuya percepción se encuentre condicionada por la efectiva prestación del servicio.
2. Lo dispuesto en este artículo será de aplicación a las situaciones que se produzcan al mes a partir de la entrada en vigor del presente Decreto-ley.

Artículo 15. Reducción de la jornada de trabajo con efectos en las retribuciones.
1. La jornada de trabajo del personal funcionario interino, del personal estatutario temporal, del personal laboral temporal, y del personal laboral indefinido no fijo que haya sido declarado como tal por resolución judicial o administrativa, incluidos en los apartados a) y b) del artículo 3 del presente Decreto-ley, se reduce en un 10 por ciento, reduciéndose en el mismo porcentaje sus retribuciones fijas y periódicas, excepto en aquellos ámbitos en los que en virtud de la regulación establecida por la normativa estatal básica resulte inaplicable.
2. El personal funcionario de carrera, el personal estatutario fijo y el personal laboral fijo incluidos en los apartados a) y b) del artículo 3, podrá solicitar voluntariamente la reducción de su jornada diaria, con la correspondiente reducción proporcional de retribuciones, teniendo en cuenta siempre las necesidades del servicio. La resolución de dicha solicitud de reducción corresponderá al órgano que desempeñe las competencias en materia de personal.

Artículo 16. Garantía de una retribución mínima.
La retribución íntegra mensual correspondiente a la jornada completa, resultante de la aplicación de las medidas contenidas en este Decreto-ley, no será inferior a 1.000 euros netos.


Artículo 23. Reducción de la jornada de trabajo con efectos en las retribuciones.
Artículo 36. Ayudas a Organizaciones Sindicales.
Queda suspendida la vigencia de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de 2 de diciembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones a organizaciones sindicales para la financiación de gastos corrientes.

CAPÍTULO IV

Medidas en materia de Hacienda Pública

Artículo 37. Medidas en el ámbito del control financiero.

Disposición adicional segunda. Horario en la Administración General de la Junta de Andalucía.
El horario en el que se realizará la jornada ordinaria de los empleados públicos de la Administración General de la Junta de Andalucía estará comprendido:
- Por la mañana entre las 7,30 y 15,30 horas de lunes a viernes.
- Por la tarde, los lunes, martes y jueves entre las 16,00 y 20,00 horas, salvo que por las singularidades del servicio, debidamente motivadas, se acuerde la elección de otros días para el horario de tarde.
Todo ello sin perjuicio de las demás modalidades de jornada normativa o convencionalmente establecidas, que se adaptarán a esta jornada ordinaria en lo que fuere necesario.
Se habilita a la titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública para modificar mediante Orden lo establecido en la presente disposición adicional.

Disposición transitoria única. Aplicación en las retribuciones del año 2012.4. Para el personal funcionario de carrera, interino y eventual, referido en el artículo 7.1, la paga
adicional del complemento específico de diciembre queda reducida al 1% del importe actual. La cuantía restante correspondiente a dicho 1% más el importe equivalente a la paga adicional de junio se descontará prorrateada de las retribuciones mensuales de julio a diciembre, con cargo al complemento específico.

5. Para el personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, referido en el artículo 7.2, la reducción se realizará aplicando la regla establecida en el apartado 4 de la presente disposición para el personal funcionario y eventual.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
1. El desarrollo reglamentario de este Decreto-ley se llevará a efecto de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112 y 119.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y 44 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Se habilita a la titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública para dictar las
disposiciones y realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el artículo 6.6 del presente Decreto-ley.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sección 4.ª Jornada laboral, vacaciones y permisos
1. La jornada de trabajo del personal laboral temporal y del personal laboral indefinido no fijo que haya sido declarado como tal por resolución judicial o administrativa, incluidos en los apartados b) y c) del artículo 3, se reduce en un 10 por ciento, reduciéndose en el mismo porcentaje sus retribuciones fijas y periódicas.
2. El personal laboral fijo podrá solicitar voluntariamente la reducción de su jornada diaria, con la
correspondiente reducción proporcional de retribuciones, teniendo en cuenta siempre las necesidades del servicio.


Artículo 25. Jornada laboral.
1. La jornada ordinaria de trabajo del personal referido en el artículo 3.a), b) y c) será como mínimo de treinta y siete horas y media semanales de promedio en cómputo anual. Todo ello sin perjuicio de las demás modalidades de jornada normativa o convencionalmente establecidas, que se adaptarán a esta jornada ordinaria en lo que fuere necesario.
En todo caso, las modificaciones de jornada y demás extremos que se lleven a efecto como consecuencia del establecimiento de esta medida, no supondrán incremento retributivo alguno.
2. El personal funcionario de carrera, el personal estatutario fijo y el personal laboral fijo podrá optar voluntariamente por no incrementar la jornada conforme a lo dispuesto en el apartado 1, con la correspondiente reducción proporcional de retribuciones.

Artículo 26. Vacaciones y permisos.
1. El personal funcionario y eventual referido en el artículo 3.a) y b), no incluido en el artículo siguiente, tendrá derecho exclusivamente a las vacaciones y permisos establecidos en los artículos 48, 49 y 50 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y, además, a los permisos por asuntos particulares sin retribución, matrimonio o inscripción como pareja de hecho en el correspondiente registro público, los permisos retribuidos adicionales al de parto o adopción, y cuidado de hijo o hija menor de dieciséis meses, previstos en los artículos 11.1.2.c), 12.1.1, 12.1.5 y 12.1.8 del Decreto 349/1996, de 16 de julio, por el que se regulan las diversas formas de prestación del tiempo de trabajo del personal funcionario en la Administración de la Junta de Andalucía.
2. El personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía tendrá derecho
exclusivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Estatuto Básico del Empleado Público a las vacaciones y permisos establecidos en los artículos 48, 49 y 50 de dicho Estatuto y, además, a los permisos por asuntos particulares sin retribución, matrimonio o inscripción como pareja de hecho en el correspondiente registro, los permisos retribuidos adicionales al de parto o adopción, y cuidado de hijo o hija menor de dieciséis meses, previstos en los artículos 36.1.2.2, 33.1.a), 33.1.e) y 33.1.f) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.


Sección 5.ª Otras medidas

Artículo 30. Jubilación anticipada.
Se suspende la aplicación de los artículos 36.4 y 62 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, relativos a la jubilación anticipada.

Artículo 31. Acción social y otras prestaciones.
1. Para el personal referido en el artículo 3.a), b), c) y e) se suspende la convocatoria y concesión
de cualquier ayuda que se derive del concepto de acción social o de cualquier otra prestación de análoga naturaleza o finalidad, incluyendo los denominados premios de permanencia, fidelidad, jubilación voluntaria o por cumplimiento de la edad reglamentaria, comedores, vales de comida, ayudas por uso de vehículo propio, estudios, sin perjuicio de la contratación de pólizas de seguro para la cobertura de contingencias por accidente del personal.
2. En relación con el personal incluido en el artículo 3.a), b), c) y e), no podrán realizarse aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguros colectivos de cualquier naturaleza que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación.

Artículo 32. Indemnizaciones por extinción de contrato.
El personal incluido en los párrafos b) y c) del artículo 3 del presente Decreto-ley, que ostente la condición de funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquiera de las Administraciones Públicas, o mantenga una relación de carácter laboral con alguna entidad del sector público instrumental y cuente con reserva de puesto de trabajo, no tendrá derecho a indemnización alguna por la extinción de su contrato laboral por desistimiento del empresario. Esta medida será también de aplicación al personal cuyo contrato sea de alta dirección regulado por Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del
personal de alta dirección.

Artículo 34. Oferta de Empleo Público.
A excepción de los procesos de promoción interna, se suspende la ejecución de las ofertas de empleo público vigentes cuyas convocatorias no hayan sido publicadas a la entrada en vigor de este Decreto-ley.

Artículo 35. Crédito horario de los representantes sindicales.
Los créditos horarios para el ejercicio de la libertad sindical serán los establecidos por la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical; el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, por la que se regula la prevención de riesgos laborales, y la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, quedando suspendidos los acuerdos o pactos alcanzados con las organizaciones sindicales.
Todo ello sin perjuicio de los posibles acuerdos que se pudieran adoptar.

jueves, 21 de junio de 2012

La Junta aprueba el Decreto-ley de reequilibrio financiero para cumplir el objetivo de déficit

Comentario del Blog:

Dada la importancia y actualidad del contenido del Decreto, publicamos la información de la página de la Junta de Andalucía, Consejo de Gobierno, (enlazada más abajo).
Su contenido no es claro y dá lugar a interpretaciones, por lo que debemos esperar a la publicación de la norma, asi como de las intrucciones que la puedan acompañar, para ver en ¿qué queda la cosa?, ya que tanto "propósito" no ayuda a nada más que a confundir.


 

Las medidas de ajuste garantizan una retribución mínima mensual de 1.000 euros y reduce en un 7,5% los sueldos del Presidente y los consejeros

Consejo de Gobierno, 19/06/2012

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto-ley de Medidas Fiscales, Administrativas y Laborales para el Reequilibrio Económico-Financiero de la Junta de Andalucía. Este texto recoge el plan que la Administración autonómica llevará a cabo para dar cumplimiento al objetivo de déficit en 2012, fijado en el 1,5% del Producto Interior Bruto.
En relación con el plan inicialmente diseñado, la norma introduce novedades en el ámbito del personal, con el compromiso de mantener el máximo empleo público posible y la garantía de que ninún empleado público percibirá una retribución inferior a los 1.000 euros por jornada completa como consecuencia de la aplicación del Decreto-ley.
Asimismo, se reconoce expresamente que las medidas en materia de personal tienen carácter excepcional y temporal, esto es, estarán vigentes únicamente durante los ejercicios 2012 y 2013, siempre que los ingresos de la comunidad recobren vías de normalidad y que la reducción del déficit público estructural y la minoración de la deuda pública posibiliten la garantía de estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera.
Respecto a las retribuciones, se fija en un 7,5%, en lugar del 5% inicialmente previsto, la reducción de los sueldos de los altos cargos de la Junta (presidente y consejeros y asimilados). También se modifica la reducción de jornada y bajada proporcional de retribuciones del personal temporal al servicio del sector público andaluz, que será del 10% frente al 15% anunciado anteriormente.
El Decreto-ley plantea el doble objetivo de aumentar los ingresos en 1.000 millones de euros y reducir el gasto de la Administración autonómica en 2.500. Se compensarán así los 3.500 millones que Andalucía dejará de recibir debido a las políticas de recortes impuestas por el Gobierno central y a las menores transferencias de los Presupuestos Generales del Estado. Las medidas aprobadas, que se desarrollarán hasta finales de 2013, afectan a todos los capítulos del Presupuesto autonómico vigente, tanto en la vertiente de ingresos como en la de gastos. Además, recogen las que el Gobierno central ha señalado de obligado cumplimiento por parte de las comunidades autónomas. Para hacer frente a esta exigencia, la Junta parte de principios básicos como preservar el sistema educativo público; no contribuir a la destrucción de empleo, y pedir un esfuerzo temporal y solidario del conjunto de empleados públicos, proveedores y organizaciones sindicales y empresariales. Respecto al primero de estos principios, destaca la decisión de no incrementar la ratio de alumnos por aula.
En el capítulo de ingresos, el Decreto-ley modifica los últimos tramos de la tarifa autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que pasa al 23,5% en el caso de rentas entre 60.000 y 120.000 euros, y al 25,5% para rentas superiores a 120.000 euros.
Asimismo, se multiplica por 1,10 la tarifa actual del Impuesto de Patrimonio, y por dos el tipo de gravamen autonómico del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos hasta agotar la banda máxima permitida, exceptuando el gasóleo de uso agrícola. Otras medidas en esta línea son la subida del tipo de gravamen general de Actos Jurídicos Documentados (del 1,2% al 1,5%) y el aumento de la tasa fiscal sobre el juego en la tarifa para máquinas de azar y recreativas con premio.
Reducción del gasto
Respecto a la revisión de los capítulos de gasto, en materia de personal destaca la reducción de altos cargos derivada del menor número de consejerías, secretarías generales, direcciones generales y delegaciones provinciales tras la reestrucuturación de la Administración autonómica, así como la suspensión de la equiparación retributiva de los altos cargos andaluces con sus homólogos de la Administración General del Estado. En Andalucía bajarán en un 7,5% las retribuciones del presidente de la Junta y los consejeros del Consejo de Gobierno; un 6,5% las de viceconsejeros y asimilados, y un 6% las de delegados provinciales y directores generales.
En aplicación de la normativa básica estatal, se aumenta a 37,5 horas la jornada laboral de los empleados públicos de la Junta, con carácter flexible. El personal funcionario fijo y laboral fijo podrá sustituir este aumento por una disminución proporcional en sus retribuciones. Además, se suspenden las horas extraodinarias y las gratificaciones salvo casos excepcionales que deberán ser autorizadas por la Consejería de Hacienda y Administración Pública. La realización de servicios fuera del horario habitual se compensará con tiempo de descanso. Asimismo, se reduce en un 10% la jornada del personal funcionario interino y del laboral temporal.
En materia retributiva, el Decreto-ley garantiza que la aplicación de sus medidas en en ningún caso podrá suponer una retribución mensual inferior a 1.000 euros. Para el personal funcionario de carrera e interino y el personal eventual se reducen hasta el 1% los complementos específicos de las pagas extraordinarias de los meses de junio y diciembre. La cantidad que se abone por este concepto se descontará, prorrateándose, del complemento específico de las retribuciones mensuales. De igual modo disminuyen en un 10% las percepciones vinculadas a las retribuciones de carácter variable (productividad, incentivos al rendimiento y consecución de objetivos).
En el caso del personal laboral, se reducen las retribuciones en una cuantía equivalente a la suma de las pagas adicionales del complemento de convenio y del complemento de puesto de trabajo, correspondiente a los meses de junio y diciembre.
El personal docente de la enseñanza pública no universitaria y del Servicio Andaluz de Salud también verá reducidas sus retribuciones en una cuantía equivalente a la suma de estas pagas adicionales. En el ámbito de la educación, este conjunto de medidas también será de aplicación al profesorado de los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos.
Por su parte, los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia experimentarán una reducción del 5% de sus retribuciones periódicas brutas anuales, que se efectuará prorrateada en las retribuciones mensuales con cargo al complemento provisional específico.
Respecto a las entidades instrumentales y los consoicios, se establece una reducción del 5% de la masa salarial, que será definida en el plazo de un mes en el ámbito de la negociación colectiva. Al personal directivo le será de aplicación el mismo régimen de retribuciones que a los consejeros de la Junta.
Se suspenden las jubilaciones anticipadas y las ofertas públicas de empleo, con la salvedad de aquellas cuyas convocatorias ya han sido publicadas. De igual modo, se suspende la concesión de subvenciones a organizaciones sindicales para la financiación de gastos corrientes. Otras medidas recogidas son la suspensión de la convocatoria y concesión de ayudas de acción social y de la jubilación anticipada.
El Decreto-ley da un nuevo impulso a las medidas de eficiencia y ahorro que viene desarrollando la Junta de forma compatible con el mantenimiento de la calidad de los servicios. En este capítulo se plantea una disminución adicional del 10% del gasto operativo en bienes y servicios de la Administración pública, a través de medidas como la reducción del 50% de la flota de vehículos de altos cargos; la eliminación de la partida de protocolo para altos cargos y personal directivo de los entes instrumentales (salvo presidente y consejeros), y las bajadas de un 50% adicional en las partidas de información, divulgación y publicidad y reuniones, conferencias y cursos, y de un 15% adicional en arrendamiento y en indemnizaciones por locomoción, traslado y dietas.
En el ámbito del gasto sanitario, las medidas aprobadas consolidan el programa de plataformas centralizadas de compra, con el que se espera un ahorro de 100 millones de euros anuales. Además, se prevé un ahorro anual de 190 millones de euros derivado de las recientes medidas adoptadas por el Gobierno central: 166 millones por la nueva aportación de los beneficiarios en la prestación farmacéutica y 24 millones por la aportación en las prestaciones básicas de la cartera suplementaria.

Fuente: Junta de Andalucía.
http://www.juntadeandalucia.es/organismos/consejo/detalle/19_06_2012.html

miércoles, 20 de junio de 2012

Boletín Informativo: Unión Sindical Digital 19 Junio 2012

Para acceder, pincha el enlace:

http://www.uso.es/media/USDcongreso366.pdf

Protesta contra la Reforma Laboral y los Recortes .


Convocada por la Comisión Ejecutiva Confederal de USO, en el día hoy,  protetas en todas las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, contra la Reforma Laboral y los Recortes, en Cádiz también la hemos secundado.

A la misma estaban llamad@s l@s representantes del sindicato, por lo que la Sec. Sindical de Sipep.a/Uso envió dicha convocatoria a sus miembros con crédito horario.

Hemos hablado sobre la diversidad de convocatorias que en estos días se realizan, y lo negativo que tiene hacer " cuatro protestas con pocas personas, en vez de una con un número mayor".
Sobre este respecto hemos hablado con los responsables provinciales, para intentar sumarnos, poniendo de nuestra parte todo lo necesario (y posible), ya que aqui no hay otra cosa que el beneficio colectivo de la Clase Trabajadora en su conjunto, y en los Colectivos que ahora són víctimas de las políticas economicas neoliberales: el rico más rico y el pobre más probre.

Nuestra Sec. Sindical es consciente de la necesidad de la Unidad de Acción, y como siempre hemos hecho este grupo (ahora aqui, pero antes con otras herramientas, diferentes) desde que la Agencia Andaluza del Agua en Cádiz comenzó su lucha contra la Reodenación y los Decretazos, acudiremos y respaldaremos cuantas acciones de lucha, justas y nobles, se convoquen y nuestros medios materiales y personales nos permitan hacerlo en persona.

¡Viva la Lucha de la Clase Obrera!

domingo, 17 de junio de 2012

Nueva protesta contra la Reforma Laboral y los Recortes, el miercoles 20 a las 12 horas en Cádiz, subdelegación del gobierno

LA COMISION EJECUTIVA CONFEDERAL DE LA USO HACE UN LLAMAMIENTO A TODAS SUS ORGANIZACIONES PARA REALIZAR MOVILIZACIONES ANTE LAS DELEGACIONES DEL GOBIERNO EL PROXIMO 20 DE JUNIO.


La Comisión Ejecutiva Confederal de la USO ha determinado realizar nuevas movilizaciones en las diversas organizaciones territoriales el próximo día 20 de junio y en torno a las 12 horas del mediodía, no excluyentes de otras territoriales o sectoriales que en el ámbito de sus competencias pudieran realizarse, ante la gravedad de la situación económica por la que atraviesa nuestro país y la persistencia tanto del Gobierno como de las Cámaras Legislativas en la adopción de las mal llamadas políticas de ajuste y austeridad que reiteran y alientan una mayor recesión tanto en lo económico, como en lo concerniente a lo social y laboral para las mayorías sociales trabajadoras, mientras por el contrario, se limitan a tapar responsabilidades y hacer pagar a todos los ciudadanos los desmanes de las entidades financieras como es el reciente caso de Bankia.

La USO quiere testimoniar con las acciones de movilización, su rechazo a todos los comportamientos inmorales como el descrito, así como al inmovilismo en la tramitación legislativa que desde el partido en el gobierno con los puntuales apoyos  de otras fuerzas parlamentarias están llevando a caso muy especialmente en la Reforma Laboral y en los Presupuestos Generales del Estado, así como también, y en el caso de las Administraciones Autonómicas, de los recortes que se tramitan referidos a la Dependencia, la Sanidad y la Educación, alegando no haber fondos para los mismos mientras los hay y con creces para tapar con los recursos de todos los daños provocados en las entidades financieras.

La USO quiere con dichas acciones manifestar su rechazo a las propuestas de políticas antisociales y laborales cuyos textos están en plena tramitación parlamentaria, para que en su lugar sean tenidas en cuenta las propuestas presentadas por la USO como posiciones adoptadas por sus órganos confederales, consiguiendo parar y reconducir los aspectos más agresivos de las mismas.



CEC.  4.06.2012



La Concentración que tendrá lugar el próximo día 20 de Junio, (Miércoles), a las 12 horas, ante la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, c/ Barcelona s/n, (junto a las Puertas de Tierra), como protesta contra la Reforma Laboral y contra los recortes sociales.

Dada la gravedad de la situación que, tanto por la Reforma Laboral como por el resto de recortes sociales y laborales, estamos sufriendo todos los habitantes de España ya sea como trabajadores, desempleados, pensionistas o estudiantes, se hace hoy más necesaria que nunca tu participación. Por ello contamos contigo para esta Concentración,

 ¡NO FALTES!

La lucha es el único camino.

Manifestación en Sevilla, 16 de Junio 2012

Muchas gracias a tod@s l@s que habéis dado la cara, ¡otra vez!

 En el día de hoy, bajo un sol abrasador, l@s emplead@s públic@s hemos vuelto a la carga contra este ilustrado, pero despótico gobierno. La diferencia es que en el pasado sólo unas siglas (que no tienen que ver con la realidad ideológica de sus políticas), sostenían sus acciones, por contra ahora, quienes afirmaban hasta la saciedad (como en un ejercicio de autoconvencimiento, ya saben sobre Goobbels y la mentira mil veces repetida) ser distintos, ser la autenctica, la verdadera izquierda (alguien tienen ya dudas de la utilidad de su voto útil?), ha corrido presto nada más y nada menos que a ser puntal de puntales, en un ejercicio cínico e innoble que no comprende ni su propia militancia (otra cosa son los cargos públicos, y sus salarios; esos sí lo entienden).

 Haciendo un ejercicio de autocrítica, he de decir que considero que nuestra orgnanización no ha estado a la altura de las expectativas, pero también digo que tengo la certeza que no lo ha hecho por falta de tiempo y por problemas de organización. Una vez dicho esto, y sin que sirva de excusa, también decir que nuestra Sec. Sindical si ha intentado organizar una asistencia lo más digna posible y además he de decir, que pese a algunas ausencias lo ha conseguido.

Lo que no puedo entender, es que aunque consideremos (la mayoría de afiliad@s, si no tod@s) que hoy era el día para sumarse, una cosa es no ir y otra dividir. Me explico, una cosa es que un sindicato por las cuestiones que puedan darse (aunque no facilmente comprensibles, salvo excepciones) no participe de esta convocatoria, y otra muy distinta es que organice protestas provincialmente, este mismo día y en el mismo horario.

El pensamiento es libre, ya conocen algunos argumentos, que cada cual saque sus conclusiones, y vean si han vuelto o no a darle la espalda quienes deben ser la punta de lanza en la defensa de sus derechos laborales. Me permito, a colación; "no se puede adorar a Dios y al Diablo".


"Si luchas puedes perder, si no lo haces estás perdido"

sábado, 16 de junio de 2012

jueves, 14 de junio de 2012

Sobre la 2ª Asamblea entre la Junta de Pesonal y Comités de Empresa‏ en la provincia de Cádiz.

Para vuestro conocimiento, publicamos esta valiosa información, ya que la unión entre los órganos de representación de funcionarios y laborales en la provincia, supone una gran oportunidad de organizar una gran fuerza en contra de los recortes.

Los compañeros de esta Sec. Sindical, miembros del Comité entienden que es una gran oportunidad que no debemos dejar pasar, ya que fraguar la UNIDAD del colectivo nos hará más fuertes y menos vulnerables.



RESUMEN II ASAMBLEA CONJUNTA COMITES EMPRESA/JUNTA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN GRAL. JUNTA EN CÁDIZ
12 JULIO DE 2012 – SALÓN DE ACTOS CENTRO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES


Asistentes:

Por los distintos órganos de representación de la Administración General de la Junta de Andalucía en Cádiz asisten:

- En representación del personal funcionario asisten la Comisión Permanente de la Junta de Personal, cuyo presidente actúa como moderador de la reunión y encargándose su secretario de levantar el acta de la misma, y cuatro de sus miembros que se sitúan entre los demás asistentes.

- En representación del personal laboral asisten:

· Comité de Empresa de la Delegación del Gobierno: asiste uno de sus miembros como designado para este acto por el Pleno de ese Comité de Empresa para representarlo en esta Asamblea.

· Comité de Empresa de la Delegación Provincial de Educación: asisten dos de sus miembros a título individual al no haberse reunido el Pleno de este Comité.

· Comité de Empresa de la Delegación Provincial de OO.PP. y Vivienda: asiste uno de sus miembros como designado para este acto por el Pleno de dicho Comité.

· Comité de Empresa de la Delegación Provincial de Empleo: asiste uno de sus miembros a título individual al no haberse reunido el Pleno de este Comité.

· Comité de Empresa de la Delegación Provincial de Igualdad y Bienestar Social: asiste uno de sus miembros a título individual al no haberse llegado al respecto a un acuerdo en el Pleno de este Comité.

· Comité de Empresa de la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca: asisten uno de sus miembros como designado para este acto por el Pleno de dicho Comité y otro de sus miembros a título individual.

· Comité de Empresa de la Delegación Provincial de Cultura: asiste uno de sus miembros como designado para este acto por el Pleno de dicho Comité.

· Comité de Empresa de Medio Ambiente: asisten los miembros de la Comisión Permanente de dicho Comité.

Ausentes:

No asiste ninguno de los representantes unipersonales (Delegados de Personal) de los siguientes centros de trabajo:

· Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública.

· Delegación Provincial de Turismo y Deporte

· Delegación Provincial de Salud.

..Delegación Provincial de Economía, Innovación y Ciencia.

Siendo las 11’15 horas del 12 de junio de 2012, por el moderador se da por abierta la asamblea e informa que se le ha hecho entrega de una copia del acta levantada por el Comité de Empresa de la Delegación del Gobierno, que queda unida a esta acta; pasando a continuación a discutir los puntos del orden del día de la convocatoria:


1º.- Manifiesto conjunto de los distintos órganos de representación del personal funcionario y laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía en Cádiz.

Se presentan dos propuestas de texto y, tras su discusión, se propone un texto refundido que es aprobado por unanimidad de los asistentes. Se incorpora como anexo del presente acta el texto del manifiesto finalmente aprobado (se adjunta para su difusión).



2º.- Creación de un Grupo de Trabajo:

La creación de este Grupo de Trabajo fue propuesta en la reunión conjunta del pasado día 6 de junio, como órgano de actuación, coordinación y ejecución de los acuerdos conjuntos.

Por el moderador se propone que formen parte de dicho Grupo de Trabajo cuatro miembros de la Junta de Personal, en representación del personal funcionario, y un miembro por cada uno de los Comités de Empresa, en representación del personal laboral.

La propuesta de composición es aprobada por unanimidad, pasando a continuación a designar los miembros de dicho Grupo de Trabajo:

- Por el Comité de Empresa de la Delegación del Gobierno: se designa a Dª. M. J. F.

- Por el Comité de Empresa de la Delegación Provincial de Medio Ambiente: se designa a D. G. M. y como suplente a D. J. I.

- Por el Comité de Empresa de la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca: se designa a D. E. J. V.

- Por el Comité de Empresa de la Delegación Provincial de Cultura: se designa a D. E. R.

- Por el Comité de Empresa de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Vivienda: se designa a D. A. R. y como suplente a D. M. A. A.

- Por la Junta de Personal se designan a los siguientes miembros de la Comisión Permanente:

· Dª. A. M. A.
· D. S. C.
· Dª. A. G.
· D. F. L. M.


3º.- Propuesta de actuación conjunta y/o coordinada:

Por el moderador se invita a que por los asistentes se realicen propuestas de actuación, exponiendo seguidamente que en el escrito del Comité de Empresa de la Delegación del Gobierno ya se proponen actuaciones como la coordinación con los compañeros del Hospital Puerta del Mar.

Por los asistentes se apuntan propuestas tales como:

- Dar publicidad al manifiesto aprobado en esta Asamblea.
- Convocar una rueda de prensa.
- Convocar asambleas informativas en los distintos centros de trabajo.

No se formulan más propuestas, ya que por varios de los asistentes se apunta la necesidad de coordinar las actuaciones a convocar con las que ya se hayan convocado y que es poco práctico determinar en esta Asamblea conjunta cuales van a ser dichas actuaciones y cómo desarrollarlas. Por lo que se delega en el Grupo de Trabajo para su determinación y coordinación, convocándose a los miembros de dicho Grupo a una primera reunión para el día 13 de junio a las 12’30 horas en el local de la Junta de Personal en el semisótano del edificio de la Delegación del Gobierno en la Plaza de España.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 12’30 horas.


COMO SECRETARIO
El Secretario de la Junta de Personal



VºBº. COMO MODERADOR
El Presidente de la Junta de Personal


Fdo. A. G.

Fdo. E. M.




ANEXO

LA JUNTA DE PERSONAL DE LOS SERVICIOS PERÍFERICOS Y LOS COMITÉS DE EMPRESA DE LAS DELEGACIONES PROVINCIALES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN CÁDIZ, como representantes legales del personal funcionario y laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía en Cádiz,

MANIFESTAMOS

Nuestro más rotundo rechazo a las medidas adoptadas en el marco de la Actualización del Plan Económico-Financiero de Reequilibrio de la Junta de Andalucía 2012-2014 POR DESPROPORCIONADAS, ARBITRARIAS E INJUSTAS

Con estas (y anteriores) medidas los empleados públicos de la Administración General hemos perdido en dos años una media del 21% de nuestras retribuciones.

El personal interino y laboral temporal puede llegar al 40% de pérdida en dos años, empeorando con ello la ya lamentable precariedad en el empleo que sufren.

Porque los empleados públicos de la Administración General NO somos culpables del derroche realizado por la Junta de Andalucía, NO somos culpables del descontrol en el gasto, del sobredimensionamiento de la Administración Paralela, del aumento desorbitado del personal de confianza, del saqueo que han supuesto los EREs en Andalucía y, por supuesto, NO somos culpables de tener unos políticos irresponsables.

NO vamos a ser simples espectadores de este ataque a los salarios y a los derechos del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía y animamos a todos los trabajadores a la unidad en estos momentos duros. Tenemos que estar juntos y demostrar nuestro rechazo a estos recortes que siempre castigan a los más débiles.

Asimismo, queremos hacer un llamamiento a la unidad de acción en las movilizaciones. No es momento de tiranteces. Es momento de unir las fuerzas de todos y todas contra estas medidas injustas y abusivas.

LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN CÁDIZ DECIMOS NO

miércoles, 13 de junio de 2012

Boletín Informativo; Unión Sindical Digital 12 junio 2012


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http://www.uso.es/media/USDcongreso365.pdf

Si el presente es de lucha, el futuro es nuestro...Che

Compañer@s:

Sobrados son los motivos por los que este sábado 16 de junio en Sevilla, se vuelven a congregar como al principio; las plataformas y asociaciones.
Entonces como ahora, la propia organización del colectivo, abandondado en parte por sus organizaciones sindicales, (como ahora) fué capaz de plantar cara al despotismo ilustrado de un gobierno que solo mira por sus acólitos y no por su personal.
Sólo la unión decidida y valiente, rebelándose contra la tiranía y la injusticia de quienes por decreto legislan, ha sido capaz de poner algo más que piedras en el camino.
A las protestas siguieron las demandas, con aportaciones económicas voluntarias, que están frenando los planes de "todo vale", pero como yo diga.

Al calor de esas protestas nació la PEPA y el SIPEPA, del cual seguimos dando cuenta, motivo por el cual animamos a tomar parte activa y decidida de esta importante jornada.
Ninguna es menos que otra, las convoque quien las convoque, si el propósito es justo, pero esta es a nivel andaluz y de lo que seamos capaces de reunir dependerá lo que pase y venga.
Seguirán viniendo más recortes, seguro, ahora el golpe más fuerte es para "los no fijos", funcionarios interinos y laborales temporales, a los que según los planes, nos condenan prácticamente a la miseria. Pero sólo es el principio, de lo que hagamos dependerá que las lineas de defensa sean penetradas....la siguiente los laborales fijos y la última los funcionarios.
Los argumentos que ahora se introducen con el "rescate" de los bancos suponen la tragedia para muchos, y lo público está en cuestión, ya que es la mejor forma de privatizarlo todo, lo que queda. Continuará haciendo mandatos de "imperativo legal" a las autonomías...

Confrontación entre antagónicos, acción reacción,...es lo que nos queda o plantamos cara o nos resignamos a que de seguir a si reinstauren el derecho de pernada,...¿no?, suena descabellado, ¿y no suena que modifiquen cuantas veces quieran las condiciones salariales y laborales de un contrato?, ¿que supriman la mitad de las pagas?, ¿que quiten los asuntos propios?, ¿la acción social?...y tanto o más grave; las medicinas de los jubilados o pensionistas, el traslado de los enfermos, la cama de un ingresado, las tasas de matricula de un universitario,..., ¡¡¡¡y eso sin rescate!!! puestos a decir, ¿quien pone el límite?

¡Tod@s a Sevilla!

Toni.

jueves, 7 de junio de 2012

La FEP-USO se adhiere al comunicado y las convocatorias conjuntas de Safja y Csif.


 
 
Andalucía, 4 de junio de 2012

COMUNICADO DE FEP-USO DE ANDALUCÍA ANTE LAS MEDIDAS DEL PLAN ECONÓMICO FINANCIERO 2012-2014 DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

La Federación de Empleados Públicos de la USO de Andalucía denunciamos nuevamente el Plan
Económico-Financiero aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, como venimos haciendo desde su anuncio a través de nuestros distintos Sectores y Secciones Sindicales, adhiriéndonos en esta ocasión al Comunicado de rechazo emitido por las Centrales Sindicales “Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía (SAFJA)” y “Central Sindical Independiente (CSI.F)”, porque
1) El Plan atenta, otra vez, contra los derechos y condiciones laborales de los funcionarios de la
Administración General de la Junta de Andalucía, y el conjunto de sus empleados públicos;
2) No se ha contado para su aprobación con la previa negociación con los legítimos representantes del colectivo afectado;
3) Los funcionarios y empleados públicos de la Junta de Andalucía no son los culpables de la actual
crisis financiera y económica, y resultan un colectivo especialmente castigado en aras de los
predicados “reequilibrios presupuestarios”, que nunca terminan por afectar a los políticos
irresponsables que en buena medida nos han llevado a la grave situación actual. Especialmente
graves son las medidas de recortes pretendidas respecto al personal interino.
4) La ciudadanía en general, y los empleados públicos en particular, venimos siendo testigos de
ejemplos escandalosos de despilfarro público (ERES, dudosas subvenciones millonarias a
empresarios y sindicatos, gastos suntuarios, alquileres desorbitados por sedes administrativas,
continuos abusos de personal de confianza, etc.), que hacen que nos rebelemos, con aún mayor
contundencia, contra la injusta situación que denunciamos, consistente en culpabilizar y castigar,
económica y moralmente, a los empleados públicos, como blanco fácil y recurrente, para que
otros escurran sus responsabilidades.
5) Recordamos aquí que nuestra Organización ha venido movilizándose contra las medidas de
Reordenación del Sector Público Andaluz, que vinieron a duplicar estructuras para acabar
integrando en la función pública de Andalucía miles de contratados externos, que han venido a
equipararse, por la “puerta de atrás”, a los empleados públicos que, atendiendo a principios de
igualdad, mérito y capacidad, obtuvieron su acceso a la Función Pública por las vías legales.

Es por ello que anunciamos nuestra intención de participar en las próximas futuras movilizaciones,
conjuntamente con las Centrales indicadas y demás Colectivos y Sindicatos que se unan a ellas, para hacer frente a este nuevo atentado contra el Empleo Público en Andalucía.

Fdo. Ildefonso Torralba Solís.
Coordinador FEP-USO Sevilla.

Fdo. Jesús Mª Postigo Becerra,
Coordinador General de FEP-USO Andalucía

Boletín Informativo; Unión Sindical Digital 5 junio 2012


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