miércoles, 10 de junio de 2020

Se establecen medidas específicas correspondientes a la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad en la Comunidad Autónoma de Andalucía, relativas a los establecimientos de hostelería, restauración y locales de discotecas y bares de ocio nocturno

PRESIDENCIA

Decreto del Presidente 2/2020, de 9 de junio, por el que se establecen medidas específicas correspondientes a la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad en la Comunidad Autónoma de Andalucía, relativas a los establecimientos de hostelería, restauración y locales de discotecas y bares de ocio nocturno.
  






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