lunes, 27 de enero de 2020

NOTA INFORMATIVA DE CTA - SOLICITUD DE ABSORCIÓN Y SUBROGACIÓN POR AGAPA DE LA PLANTILLA DE TEMPO FACILITY SERVICES

DIRECTOR-GERENTE DE LA AGENCIA AGRARIA Y PESQUERA DE ANDALUCIA. JUNTA DE ANDALUCIA

Francisco Moro, en mi condición de Secretario General del Sindicato C.T.A. (Coordinadora de Trabajadores de Andalucía), me dirijo a Ud. como mejor proceda en derecho, en interés legítimo de las limpiadoras de toda Andalucía afiliadas a este Sindicato y que están incluidas en la concesión administrativa de la licitación cuyos expedientes de contratación son: 2018/29807 lotes 1,2,3,6 y 7 referidos a las Oficinas Comarcales Agrarias y el expediente 2018/18671 LOTES 1,2 Y 5 de laboratorios, todos ellos adjudicados a la empresa TEMPO FACILITY SERVICES, para manifestarle lo siguiente:

PRIMERO: La empresa TEMPO concesionaria del servicio de limpieza, servicio esencial para la comunidad, ha abandonado la gestión, organización y administración para la prestación del servicio en todos estos lotes que fueron adjudicados por la Agencia Agraria y Pesquera de Andalucía. Es más, ha dejado de pagarle a sus trabajadoras llevando cuatro meses sin abonarles sus salarios. Teniendo en cuenta que este es un sector feminizado donde los salarios son muy bajos y las compañeras tienen un alto grado de vulnerabilidad económica.

SEGUNDO: SOLICITO que de forma inmediata, como es preceptivo por la Ley de Contratos del Estado, que por parte de esa Gerencia se promueva, la revocación de la concesión administrativa a la empresa TEMPO, y con ello la extinción inmediata de la relación mercantil, así mismo no se le siga abonando con fondos públicos a esta empresa un servicio que no está realizando, se contraigan y reserven dichas cantidades al objeto de hacer frente a la deuda contraída por esta empresa con las trabajadoras que hasta el día de hoy siguen prestando el servicio.

TERCERO: Así mismo SOLICITO se absorban y subroguen las trabajadoras en esta Agencia, de conformidad con lo que se establece en el art. 130.3 de la Ley de Contratos del Estado, artículo que entiendo que está legislado para aplicarse en situaciones como estas.

Sirva el presente a los efectos legales oportunos.

En Córdoba a 25 de enero de 2020

Fdo. Francisco Moro.
Secretario General de C.T.A.

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