Traemos a colación la conexión entre
las elecciones a representantes “sindicales” y el derecho a la Libertad Sindical
y lo que el Tribunal Constitucional manifiesta en infinidad de sentencias sobre
las conductas lesivas de los derechos derivados de esas elecciones.
Dentro del tema que nos ocupa, tiene
especial trascendencia el artículo 67.3 del Real Decreto Legislativo
1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores,
que nos expone que, pese a ser el mandato de cuatro años, los representantes
unitarios “se mantendrán en sus funciones en el ejercicio de sus competencias y
de sus garantías hasta tanto no se hubiesen promovido y celebrado nuevas
elecciones”, evitando así vacíos de representación.
Pues bien, recordamos que el comité de
empresa tiene derecho a ser informado y consultado, entre otros aspectos, sobre
todas las decisiones de la empresa que pudieran provocar cambios relevantes en
la organización del trabajo y en los contratos de trabajo.
Amparado por el Artículo 67.3 de la
Ley anteriormente mencionada, el comité de empresa de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir en Córdoba se encuentra a la espera de la
sentencia que dicte el Juzgado de lo Social sobre la "falta de información". Igualmente
se encuentra a la espera de la repetición del juicio por la falta de información
y consulta a los delegados de prevención designados conforme a la ley por y entre los representantes de los trabajadores.
El caso es que la Jefatura del Servicio
de Recursos Humanos de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir afirmó en
un escrito del mes de marzo de 2015 encontrarse a la entera disposición del
comité de empresa de Córdoba, expresando en dicho escrito "la buena
voluntad de esa Jefatura en aplicación del Principio de Buena Fe para no
transgredir los derechos de los representantes de los trabajadores".
Pese
ello, la información que desde esa Jefatura se transmite a los
representantes de los trabajadores es insignificante e irrisoria.
El escrito que os mostramos se dirige
al Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
ante el ninguneo sistemático ejercido por la Jefatura del Servicio de Recursos
Humanos de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir a la representación
legal del personal laboral, principalmente, en Córdoba, por ser el caso.
Se denuncia nuevamente la transgresión
de los derechos de los representantes de los trabajadores, en este caso sobre los
complementos asignados a libre albedrio por el Servicio de Recursos Humanos que,
"ninguneando" el trabajo realizado por los representantes de los
trabajadores a una asignación adecuada de los complementos para que ningún
trabajador pudiera verse discriminado o privilegiado por la asignación de los
mismos, vuelve a incurrir en el "olvido" de la acción sindical del
comité a la hora de que éste forme parte en la toma de decisiones importantes
para los derechos e igualdad de oportunidades de los trabajadores.
He aquí la denuncia:
http://plataformaaguapublica.blogspot.com.es/2015/06/el-comite-de-empresa-de-la.html
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