miércoles, 24 de julio de 2013

Susana Díaz Pacheco, nada nuevo bajo el sol


A ninguna persona se le debe ya escapar el nulo sentido de dos, de las cuatro siglas que integran el nombre del Psoe, hablamos logicamente de Socialismo y Obrero. No descubrimos nada nuevo, es algo que ya no se le escapa a nadie, pues han demostrado firmemente qué intereses de Clase defienden desde todas las instituciones en las que se encuentran, lejos de consagrarse a la razón histórica que le dio la vida, se dedican a trabajar por los intereses del enemigo de clase; los explotadores, los opresores.

En Andalucía hemos asistido en estos días, con extrema celeridad desarrollada, a un conato de primarias en el P.E (nada de S y O), en las que han querido trasladar a la sociedad una imagen de democracia interna en la elección del sustitut@ del heredero de Cháves, Pepe Griñan (pues lo de José Antonio puede conducir a evocaciones indeseadas por el marketing político, remito a los carteles electorales del P.E).

Una patraña, una pantomima, una obra de teatro con la que finalmente se rubrica la apuesta del padrino; Susana Díaz Pacheco será la que sustituya a un Griñan envuelto en la trama de los Ere. Trama en la que Iu también juega un papel de aliado incondicional en la ocultación de la verdad, y la negación de lo evidente, haciendo de puntales de una dinastía que ya está liquidada en Andalucía, por sobrados méritos propios.

Susana ha recorrido no sólo las sedes del P.E-A, (recuerden lo de la S y la O), también ha protagonizado diversos actos de “juramento” en la propia Junta de Andalucía, en los cuales se convocaban a los cargos públicos y a los PLD (Puestos de Libre Designación; personal leal a las retribuciones que el P.E les proporciona con cargo al erario público por un trabajo técnico-político en lo que debe ser la Administración Pública y no lo es). El P.E-A ha hecho lo que era su obligación, sacudiendo como una corriente eléctrica la columna vertebral de “socialismo andaluz”, haciendo que todo este perfectamente adaptado a la versión 2.13 de la socialdemocracia reformista y explotadora del P.E-A, en la cual no cambia nada, sólo cambia un nombre y una cara.

Persistirán las tasas de desempleo, persistirá el aumento de la tasa de explotación, el abaratamiento del precio de la fuerza de trabajo, la devaluación de las condiciones laborales, el mantenimiento de la administración paralela, el pago con erario público de estructuras clientelares, la complicidad, apoyo y amparo de los intereses de la burguesía, de los banqueros y de los terratenientes,... en definitiva; nada nuevo bajo el sol.

Sólo en nuestras manos está cambiarlo; ¡la única Lucha que se pierde es la que se abandona!.

La visita de Moliner a Sevilla, clave de las precipitadas decisiones de Griñán

http://www.libertaddigital.com/espana/2013-07-24/la-visita-de-moliner-a-sevilla-clave-de-las-precipitadas-decisiones-de-grinan-1276495926/?utm_source=5&utm_medium=masleido&utm_campaign=masleido

BOJA ORDEN EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN COMPETENCIAS PROFESIONALES

http://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/144/BOJA13-144-00353.pdf , desde la página 8 encontrareís la información.

lunes, 22 de julio de 2013

PUBLICADO BOJA DE HOY ACUERDO MESA GENERAL PERSONA...

SPJ-USO CADIZ: PUBLICADO BOJA DE HOY ACUERDO MESA GENERAL PERSONA...: Acuerdo de 9 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el acuerdo de la Mesa General de Negociación Común del persona...

domingo, 14 de julio de 2013

La destrucción de empleo público se multiplica por 34 en Andalucía

http://www.eleconomista.es/andalucia/noticias/4776825/04/13/La-destruccion-de-empleo-publico-se-multiplica-por-34-en-Andalucia-y-el-paro-llega-al-37.html

Tesis para una espantada: “Griñán sólo huye de los ERE”

http://nosfelicespocos.blogspot.com.es/2013/07/el-confidencial-grinan-solo-huye-de-los.html

LA GESTIÓN PRIVADA DE LA SANIDAD PÚBLICA

http://www.fep-uso.es/sanidad/sanidad-fep/noticias-sanidad/3879-la-gestión-privada-de-la-sanidad-pública.html

martes, 9 de julio de 2013

La Junta pagará la defensa de los altos cargos imputados en los ERE



¡Esto es el colmo de la cara dura!, nos inflan a recortes, nos roban las pagas, nos reducen salarios, nos aumentan horarios, nos quitan la acción social, sin ropa de trabajo, ¡sin agua y sin papel higiénico!, todo por supuestos motivos económicos (supuestos por no decir falsos). Y para socorrer a los leales al régimen no se escatima, ¡del dinero público!, no sólo para un fin privado, además para confrontar la acción de la justicia, eso a cargo y coste de tod@s l@s andaluces, entre los cuales también estamos l@s emplead@s públicos (no sólo funcionarios, también personal laboral).

¿Hasta cuando vamos a aceptar que nos sigan haciendo pagar lo que no es responsabilidad nuestra?. Habría que conseguir que no pudieran ir a la calle sol@s sin que se les caiga la cara de vergüenza al pasar por delante de a quienes les están robando, para beneficio de unos pocos que para nada lo necesitan, sólo lo ansían por egoísmo y avaricia.
¡Que cada palo aguante su vela!, y decida si seguir genuflexo o levantarse, darle a la sin hueso en horario laboral o movilizarse en defensa de sus intereses que coinciden con los de much@s otr@s.

Unión SIndical Digital 9 julio 2013

viernes, 5 de julio de 2013

Acuerdo de Ultraactividad de los Convenios


*Esta información, ha llegado a mi correo corporativo, ha sido enviada por CCOO  "Agricultura y Pesca", y por su interés se publica para conocimiento de l@s compañer@s que visitan el blog.

Acuerdo marco de la Mesa General sobre Jornadas, Ausencias, ...








*Esta información, que ha llegado a mi correo corporativo, ha sido remitida por CCOO "Agricultura y Pesca", y por su interés se publica para tod@s l@s compañer@s que visitan el blog.



AUSENCIAS POR ENFERMEDAD SIN BAJA


 
*AMPLIAMOS LA INFORMACIÓN


Boletín Oficial de la Junta de Andalucía -  Sede Electrónica del BOJA  Boletín número 142 de 22/07/2013


1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Acuerdo de 9 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el acuerdo de la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, de 3 de junio de 2013, sobre medidas en materia de jornada laboral, ausencias y permisos para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las empleadas públicas y empleados públicos.
 

Sipep-a/USO INFORMA crédito horario Cristobal Nieto junio 2013

lunes, 1 de julio de 2013

Sipep-a/Uso INFORMA; Lo realizado en junio 2013


NOTA DE LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y FUNCIÓN PÚBLICA SOBRE LOS RESULTADOS DEL GRUPO DE TRABAJO CONSTITUIDO PARA LA MODIFICACIÓN DEL BAREMO ESTABLECIDO PARA LOS CONCURSOS DE MÉRITOS



La Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública informa que el 24 de junio tuvo lugar la última sesión del grupo de trabajo constituido por acuerdo de la Mesa Sectorial de Administración General para estudiar la modificación del Decreto 2/2002 en lo referente al baremo para los concursos de méritos. En septiembre se continuará con los trabajos relativos la modificación del procedimiento de dichos concursos.

La Administración propone inicialmente un baremo único para puestos base y de estructura cuya puntuación se eleve desde los 35 actuales hasta los 40 puntos. Todas las centrales sindicales se muestran de acuerdo en el baremo único, por lo que no se suscitan más debates sobre este extremo. Dicho baremo contempla la valoración de los siguientes méritos:

1) En cuanto al grado personal, la Administración propone inicialmente incrementar a un 25% su porcentaje en la puntuación total del baremo. Las organizaciones sindicales proponen distintos porcentajes.y se mantiene finalmente el porcentaje del 25% (10 puntos) y se fija en 6 los escalones de valoración, frente a los 10 que establece el baremo vigente.

 2) Sobre el trabajo desarrollado la Administración propone inicialmente un 20% de porcentaje y que se valore sólo el puesto definitivo desde el que se concursa, y se establezcan 3 escalones de valoración que abarquen hasta 5 años. Las centrales sindicales se muestran conformes en que sólo se valore el puesto definitivo desde el que se concursa y muestran distintas opiniones sobre el porcentaje y los escalones de valoración. Finalmente la Administración propone un 22,5% (9 puntos) y 5 escalones de valoración para el puesto definitivo desde el que se concursa aplicados a los 5 años inmediatamente anteriores.

3) Para el mérito de la permanencia la Administración inicialmente propone ampliar al 20% el porcentaje, si bien las centrales sindicales discrepan sobre el mismo. Finalmente la Administración propone un 17,5% (7 puntos) y 6 escalones de valoración a partir de los tres años de permanencia en el puesto desde el que se concursa, sin coeficientes reductores por simultanear puestos provisionales.

4) Respecto de la antigüedad, la Administración propone un 12,5% y que se valoren los servicios previos reconocidos al amparo de la Ley 70/1978. Las centrales sindicales se dividen entre las partidarias de la valoración de los servicios previos (USTEA, UGT y CCOO) y las contrarias (SAFJA y CSIF). También discrepan sobre el porcentaje y el número de años a tener en cuenta. Finalmente la Administración propone un 12,5 % (5 puntos), que se valoren hasta 40 años, y que se valoren los servicios prestados como personal  funcionario de carrera e interino.

5) En la valoración de los títulos académicos la Administración propone inicialmente un porcentaje del 12,5%. Las organizaciones sindicales proponen la elaboración de un catálogo de titulaciones que recoja las que se valoren para cada área funcional, si bien discrepan sobre si a falta de catálogo deben valorarse todas las titulaciones o aquellas que las comisiones consideren directamente relacionadas con el puesto solicitado. Finalmente la Administración mantiene un porcentaje del 12,5%.

6) La Administración propone inicialmente otorgar un porcentaje del 7,5% a los cursos de formación y perfeccionamiento. Algunas organizaciones sindicales proponen elevar el porcentaje y otras unificar todos los méritos relativos a la formación y docencia. Se muestran de acuerdo en la elaboración de un catálogo que relacione los cursos con las áreas. También se plantea la cuestión de la caducidad de los cursos.

En cuanto a la docencia, la Administración propone inicialmente un porcentaje del 2,5%. Como se ha indicado antes, algunas centrales sindicales piden unificar todos los méritos relativos a la formación y docencia..

Finalmente la Administración propone unir en un solo mérito formación y docencia con un porcentaje conjunto del 10% (4 puntos), que se valoren los cursos por horas a partir de un mínimo de 6 horas, que la asistencia se valore al 50% del curso realizado con aprovechamiento, y que se incorpore la valoración de los itinerarios formativos.  

7) Para facilitar la conciliación de la vida familiar y profesional la Administración propone valorar como mérito el destino previo del cónyuge en la localidad donde radique el puesto al que se concurse. La propuesta es bien acogida por las organizaciones sindicales aunque difieren en planteamientos concretos para su desarrollo. Finalmente la Administración propone que este l mérito se aplique a los puestos base y que consista en un incremento de hasta un 2,5% (1 punto) sobre la puntuación final obtenida una vez aplicado el baremo, diferenciando dos supuestos: destino previo del cónyuge y cuidado de familiar.  

Por parte de la Administración se valoran positivamente las propuestas realizadas por distintas organizaciones sindicales. Así mismo cabe destacar aquellas formuladas por la Administración y que han sido aceptadas por las organizaciones sindicales:

-          Establecimiento de un baremo único para puestos base y de estructura.
-          Introducción de un mérito relativo a la conciliación de la vida familiar y personal.
-          Disminución del mínimo de horas requerido para la valoración de los cursos.
-          Valoración del trabajo desarrollado teniendo en cuenta sólo el puesto definitivo desde el que se concursa.


No obstante, no ha podido lograrse un consenso entre las organizaciones sindicales respecto del mérito de la antigüedad. La Administración, siguiendo los criterios mantenidos en todas las demás Comunidades Autónomas y en la Administración General del Estado y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha incluido la valoración de los servicios prestados como personal interino. De no ser así, Andalucía sería la única Comunidad Autónoma en no tener en cuenta dicho mérito. A efectos informativos se adjunta cuadro en el que se recoge la valoración de este mérito en concursos convocados por la Administración General del Estado y las demás Comunidades Autónomas.


CÓMPUTO DEL MÉRITO DE ANTIGÜEDAD EN LAS DISTINTAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, SEGÚN
CONVOCATORIAS DE REFERENCIA.


ADMINISTRACIÓN
CONVOCATORIA DE REFERENCIA
NORMATIVA DE APLICACIÓN
ANTIGÜEDAD

A. G. ESTADO

Orden TAP/2967/2011,  26 de oct. (BOE Nº 265,  3 de nov.)
Ley 30/1984,  2 de agosto, de Medidas en materia de F.P.                                                      Real Decreto 364/1995, 10 de marzo, Rº Gral. de Ingreso y Provisión de la AGE.
Se computan los servicios prestados con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario.
 ARAGÓN
Resolución 24 de octubre de 2011 (BOA Nº 225, 15 de noviembre)
Decreto 80/1997, 10 de junio, Rº de provisión                                 Orden 15 de abril de 1998, por la que se establece el baremo para la provisión
Se computan los servicios prestados con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera.
 ASTURIAS
Resolución 16 de octubre de 2009 (BOP Nº 246, 23 de octubre)
Ley 3/1985, 26 de diciembre, de Ordenación de la F.P. Asturias                                                                Decreto 22/1993, 29 de abril, Rº de Provisión
Se computan los servicios prestados con carácter previo al ingreso en el Cuerpo o Escala.
CANARIAS
Orden 8 de abril de 2011 (BOC Nº 74, 12 de abril)
Ley 2/1987, 30 de marzo, de la F.P. Canaria                                  Decreto 48/1998, 17 de abril, por el que se regula la provisión
Se computan los servicios prestados con carácter previo al ingreso en el Cuerpo o Escala al amparo de la Ley 70/78.
 CANTABRIA
Orden PRE/55/2010, 3 de septiembre (BOC Nº 175, 9 de septiembre)
Real Decreto 364/1995, 10 de marzo, Rº Gral. de Ingreso y Provisión de la A.G.E.                                                         Decreto 43/2008, 24 de abril, por la que se aprueban las bases generales de los concursos de méritos
Se computan los servicios prestados con carácter previo al ingreso como funcionario de carrera.
CASTILLA LA MANCHA
Resolución 26 de enero de 2011 (DOCLM Nº 26, de 8 de febrero)
Decreto 74/2002, 14 de mayo, sobre provisión de puestos de trabajo
Se valoran los servicios prestados como p. funcionario y los servicios previos al amparo de la Ley 70/78.
CASTILLA Y LEÓN
Orden ADM/1554/2010, 4 de noviembre (BOCYL Nº 226, 23 de noviembre)
Ley 7/2005, 24 de mayo, de la F.P. de Castilla y León         Decreto 67/1999, 15 de abril, Rº Gral. de ingreso y provisión
Se computan los servicios prestados con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario.
 CATALUÑA
Resolución GAP/372/2007, 9 de febrero (DOGC Nº 4824, 19 de febrero)
Decreto 123/1997, 13 de mayo, Rº de provisión
Se valoran los servicios efectivos y reconocidos al amparo de la Ley 70/78.
 EXTREMADURA
Orden 4 de marzo de 2008 (DOE Nº 49, 11 de marzo)
Decreto Legislativo 1/1990, 26 de julio, Texto Refundido de la Ley de F.P.                                                                                                   Decreto 43/1996, 26 de marzo, Rº Gral. de Provisión
Se computan los servicios prestados con anterioridad al ingreso como funcionario al amparo de la Ley 70/78.
 GALICIA
Orden 4 de mayo de 2010 (DOG Nº 85, 6 de mayo)
Decreto Legislativo 1/2008, 13 de marzo, Texto refundido de la Ley de F.P.                                                                                            Decreto 93/1991, 20 de marzo, Rº de Provisión
Se computan los servicios prestados con anterioridad a la condición de funcionario.
 ISLAS BALEARES
Resolución 30 de marzo de 2009 (BOIB Nº 48, 2 de abril)
Ley 3/2007, 22 de febrero, de la F.P. Islas Baleares                          Decreto 33/1994, 28 de marzo, Rº de provisión de p.t.
Se valora el tiempo de servicios prestados de acuerdo con la Ley 70/78.
 LA RIOJA
Resolución nº 1682, 7 de noviembre de 2011 (BOLR Nº 146, 14 de noviembre)
Decreto 78/1991, 28 de noviembre, por el que se regula la provisión de p.t.                                                                                                     Decreto 8/1989, 24 de febrero, por el que se aprueban las bases que han de regir los concursos para la provisión de p.t.
Se computan los servicios prestados con carácter previo al ingreso en el Cuerpo o Escala al amparo de la Ley 70/78.
MADRID
Orden 20 de septiembre de 2011 (BOCM Nº 235, 4 de octubre)
Ley 4/1989, 6 de abril, de provisión de puestos de trabajo.Orden 923/1989, 20 de abril, por la que se aprueban las bases generales para las convocatorias de provisión por concurso de méritos
Se computan los servicios prestados con carácter previo al ingreso en el Cuerpo o Escala al amparo de la Ley 70/78.
MURCIA
Orden 10 de mayo de 2010 (BORM Nº 121, 28 de mayo)
Orden 7 de noviembre de 2007, Rº Gral. de Provisión                 Orden 14 de febrero de 2008, por la que se aprueban las bases generales de convocatorias para provisión por concurso de méritos
Se computan los servicios en las AAPP (otorgándose > puntuación como F. Carrera, L. Fijo o E. Fijo).
 NAVARRA (*)
Resolución 2574/2006, 23 de octubre (BON Nº 135, 10 de nov.)
Decreto Foral 186/1998, 15 de junio, Rº de Provisión                                                                         Orden Foral 130/1998, 12 de agosto, establece los baremos de méritos    
Se computan los servicios prestados a cualquier Administración Pública, sin distinción entre fijo y temporal.
 PAÍS VASCO
Orden 28 de enero 2008 (BOPV Nº 41, 27 de febrero)
Decreto 190/2004, de 13 de octubre, Rº provisión                                                          Orden 21 de noviembre de 2007, por la que se aprueban las bases generales de los concursos de provisión
Se valoran los servicios prestados con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera.
VALENCIA
Resolución 21 de diciembre 2009 (DOCV Nº 6173, 28 de diciembre)
Decreto 33/1999, 9 de marzo, Rº de Selección, Provisión...                   Orden 20 de enero de 2000, por la que se aprueban los baremos generales de concurso de méritos      
Se computan los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/78.

(*) En la Orden Foral 130/1998, de baremo de méritos, no se distingue entre antigüedad y trabajo desarrollado, estableciéndose como mérito único “ Servicios prestados a las Administraciones Públicas”.


NOTA CONJUNTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA Y DEUDA PÚBLICA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y FUNCIÓN PUBLICA



A partir de este mes de junio tendrá lugar la efectiva implantación del  pago centralizado de la nómina del personal de la Administración de la Junta de Andalucía (Administración General y Personal al Servicio de la Administración de Justicia), culminándose de este modo el proceso que se inició en enero de este año, con la Orden de 14 de enero de 2013, de la Consejería de Hacienda y  Administración Pública.
El abono de las nóminas del personal de las Consejerías, Agencias Administrativas y Agencias de Régimen Especial, se realizará directamente por la Tesorería General y Tesorerías de la Agencias a través de la entidad  bancaria correspondiente según cuadro anexo.
Será esta entidad la que centralice de esta forma el pago de las nóminas de todo el personal de cada Consejería, Agencia Administrativa, o Agencia de Régimen Especial, en un proceso más ágil y eficiente, ya que se evitan transferencias intermedias a las distintas habilitaciones de personal.
La entidad bancaria ejecutará las transferencias para el pago de la nómina el mismo día de su orden por las respectivas Tesorerías, abonando su importe en la cuenta de cada perceptor con esa misma fecha, siempre que éste tenga su nómina domiciliada en dicha entidad.



                          Sevilla, 25 de Junio de 2013.

Enlace original;
 https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/emp-detail-.html?p=/Categorias_Principales/&c=81794&n=noticias



ANEXO en;

Julio Salazar en la entrega de firmas por un referéndum sobre las pensiones

http://www.uso.es/index.php?option=com_content&task=view&id=14330&Itemid=33