lunes, 26 de enero de 2026

Bolsa de Personal Interino. Resoluciones por las que se aprueban nuevos Colectivo 2 de los Cuerpos A1.2008 y A1.2027, junto a la actualización de provincias para dichos Cuerpos


 

Bolsa de Personal Interino. Relación de personal incluido y excluido conforme a los artículos 14.4 y 115 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía; los artículos 41 y 42 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía y la Resolución de 18 de julio de 2014, de esta Dirección General, por la que se regulan los procedimientos de selección y las bolsas de trabajo del personal funcionario interino de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a los CUERPOS SUPERIOR FACULTATIVO, ESPECIALIDAD FARMACIA (A1.2008) y ESPECIALIDAD ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE (A1.2027)

La relación que se publica es informativa para conocimiento del personal integrante del Colectivo 2:

- CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO, ESPECIALIDAD FARMACIA (A1.2008)
- CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO, ESPECIALIDAD ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE (A1.2027)

Se concede, conforme a lo dispuestos en el apartado 5.1 de la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de 18 de julio de 2014 por la que se regulan los procedimientos de selección y las bolsas de trabajo del personal funcionario interino de la Junta de Andalucía, un plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de las correspondientes Resoluciones por las que se aprueban las bolsas de personal funcionario interino de los Cuerpos A1.2008 y A1.2027 en la Web del Empleado Público, para que las personas que formen parte de las mismas, actualicen, si así lo estiman necesario, y con independencia de la situación en la que se encuentren en sus correspondientes bolsas, la provincia o provincias en las que deseen prestar servicio como personal funcionario interino, así como los datos personales comunicados a esta Dirección General, y en especial los relativos al teléfono móvil de contacto y dirección de correo electrónico no corporativo.

La presentación de dichas solicitudes se llevarán a cabo preferentemente por medios electrónicos, a través de la "Presentación Electrónica General" de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.La presentación de dichas solicitudes se llevarán a cabo preferentemente por medios electrónicos, a través de la "Presentación Electrónica General" de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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