viernes, 29 de octubre de 2021

Importante actualización sobre Cuba y nuevas maniobras contra la revolución cubana

 


El principal problema para el desarrollo de Cuba a lo largo de la historia ha sido la hostilidad de los EEUU, que no se resignan a que exista una revolución socialista en lo que consideran su patio trasero o zona de influencia. Para derrocar al gobierno de Cuba han utilizado el criminal bloqueo económico, comercial y financiero, la agresión directa y la subversión ideológica.

La población cubana vive hoy una situación especialmente difícil por la combinación del bloqueo, la pandemia y medidas coercitivas unilaterales tomadas por el gobierno de EEUU para erosionar el apoyo del pueblo a la revolución. A esto se unen campañas de mentiras, de manipulaciones que intentan culpar al gobierno cubano de las dificultades economicas en tiempos de pandemia, y pretenden presentar a Cuba como un pais colapsado y en caos para provocar un estallido social y justificar una intervención externa.

En este sentido, el país fue víctima de una operación político comunicacional organizada y financiada desde el territorio estadounidense en el verano, que fracasó ante el apoyo del pueblo a la revolución, y que pretendía mostrar en Cuba un inexistente estallido social. Hoy reina la paz y la tranquilidad y las instituciones están funcionando normalmente dentro del marco de las restricciones sanitarias debido a la pandemia.

Sin embargo, los enemigos de la revolución pretenden nuevamente crear problemas convocando una llamada marcha pacífica para el próximo 15 de noviembre. La solicitud de esta marcha fue denegada el pasado 12 de octubre, por autoridades gubernamentales de ocho provincias, tras considerar ilícito el carácter de la pretendida manifestación.

La Fiscalía General de la República de Cuba advirtió sobre las consecuencias legales de ejecutar la marcha, deja claro que, de incumplirse la decisión de las autoridades locales de gobierno, los ciudadanos incurrirían en los delitos de desobediencia, manifestaciones ilícitas, instigación a delinquir u otros previstos y sancionados en la legislación penal vigente. El proceder de la Fiscalía se sustenta en el Artículo 156 de la Constitución, que le atribuye a este órgano la misión, entre otras, de velar por el estricto cumplimiento de la Carta Magna, las leyes y demás disposiciones legales por los ciudadanos. Además, la Ley 83 faculta al fiscal a entrevistar, apercibir, tomar declaraciones y realizar cualquier otro tipo de diligencias que sean necesarias. También prevé como propósitos el de preservar los derechos e intereses de los órganos, instituciones y dependencias estatales; además, fomentar y contribuir al enfrentamiento y prevención del delito, las conductas antisociales y el fortalecimiento de la observación consciente de las normas jurídicas en los ciudadanos.

Sobrados argumentos hechos públicos dan cuenta del carácter anexionista de la pretendida marcha, promovida por personas financiadas desde el exterior, quienes, enmascaradas en la falsedad de un preconizado pacifismo, procuran generar caos e inducir la desestabilización del país, como parte de una estrategia de «cambio de régimen» basado en las fórmulas del conocido golpe suave, ensayado en otras naciones.

El acompañamiento «entusiasmado» que han tenido los convocantes está protagonizado por cabecillas contrarrevolucionarios del llamado Consejo para la Transición Democrática de Cuba, una plataforma subversiva, cuyos miembros han reconocido abiertamente recibir financiamiento de la National Endowment for Democracy (NED), de largo historial contra Cuba.

Además, ha sido público y notorio el apoyo que la escaramuza mercenaria ha recibido de legisladores estadounidenses, operadores políticos de la mafia anticubana y medios de comunicación, que alientan acciones contra la Revolución.

Nótese como, entre los más furibundos partidarios de la provocación están los congresistas Marco Rubio, Mario Díaz-Balart y María Elvira Salazar; el terrorista Gutiérrez Boronat, la tristemente célebre Fundación Nacional Cubano Americana, y frustrados invasores de la Brigada 2506, derrotada en Girón.

Ante tan aviesas intenciones de los provocadores, la Constitución de la República tiene muy claros sus preceptos, que no dan a nadie el derecho a obrar a favor de los intereses de una potencia extranjera ni a poner en riesgo la estabilidad ciudadana; por lo cual, adscribirse a un proyecto anexionista es anticonstitucional, ilegítimo e inmoral.

Juan González, principal asesor para Latinomérica del presidente norteamericano Joseph Biden,en una entrevista con la agencia Efe después de que la Fiscalía General de República de Cuba informara sobre las consecuencias legales de persistir en la marcha considerada como ilícita por autoridades de la nación antillana, expresó que Estados Unidos responderá, posiblemente con sanciones, si considera -según las cánones del gobierno de ese país- que hubo violación de los derechos fundamentales del pueblo de la Isla o se procesa a los promotores de la provocadora marcha.

Carlos Fernández de Cossío, director general de Estados Unidos del Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREX), precisó quees difícil que aún a alguien le quede duda sobre quién está detrás de la farsa de la marcha,a lo que añadió que es en extremo difícil que alguien pueda pensar que un gobierno que se respete permitiría una provocación desestabilizadora de esa naturaleza de parte de una potencia extranjera.

Elementos básicos a tener en cuenta:

  • La Revolución Cubana, fraguada en las luchas históricas de nuestro pueblo y curtida ante la hostilidad imperial, tiene ganado el derecho a existir y defenderse.
  • Resulta anticonstitucional e ilícito realizar una marcha cuyos promotores tienen la intención manifiesta de promover un cambio de sistema político en Cuba.
  • La marcha anunciada constituye una provocación como parte de la estrategia de “cambio de régimen” para Cuba, ensayada en otros países.
  • Los promotores de esta marcha contrarrevolucionaria y sus proyecciones políticas obedecen al plan subversivo del Gobierno de Estados Unidos que financia acciones contra el pueblo cubano e intenta desestabilizar el país.
  • Esta provocación recibió desde su anuncio el apoyo público de legisladores estadounidenses, operadores políticos y medios de comunicación que promueven la desestabilización en Cuba e instan a la intervención militar.
  • El artículo 45 de nuestra Carta Magna refiere que el “ejercicio de los derechos de las personas solo está limitado por los derechos de los demás, la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público, a la Constitución y a las leyes”.
  • La Carta Magnaen su artículo 4 se define que “el sistema socialista que refrenda esta Constitución es irrevocable”, por lo cual toda acción ejercida en su contra es ilícita.
  • La Constitución de la República fue debatida ampliamente y aprobada en referendo por el 86,85 por ciento de los votantes, abrumadora mayoría que escogió de manera soberana y libre el sistema socialista, su irrevocabilidad y el derecho de combatir por todos los medios contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido.
  • Ningún derecho constitucional puede ejercerse en contra de los demás derechos, garantías y postulados esenciales de la propia Constitución.

Artículos de la Constitución relacionados

 

  • ARTÍCULO 4. La defensa de la patria socialista es el más grande honor y el deber supremo de cada cubano.

La traición a la patria es el más grave de los crímenes, quien la comete está sujeto a las más severas sanciones.

El sistema socialista que refrenda esta Constitución, es irrevocable.

Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución.

  • ARTÍCULO 45. El ejercicio de los derechos de las personas solo está limitado por los derechos de los demás, la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público, a la Constitución y a las leyes.
  • ARTÍCULO 56. Los derechos de reunión, manifestación y asociación, con fines lícitos y pacíficos, se reconocen por el Estado siempre que se ejerzan con respeto al orden público y el acatamiento a las preceptivas establecidas en la ley.




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